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Asociación Española de Bioética y Ética Médica (AEBI)

LA ÉTICA DE LOS TRANSPLANTES

JAVIER RUIZ HORNILLOS

El trasplante quirúrgico de órganos humanos de donantes fallecidos o vivos a personas enfermas o moribundas empezó después de la Segunda Guerra Mundial. En los últimos 50 años, el trasplante de órganos humanos se ha convertido en una práctica mundial que ha alargado la duración y mejorado enormemente la calidad de cientos de miles de vidas. A lo largo de esta evolución, el trasplante de órganos ha sido objeto de la reflexión bioética, aún hoy, siguen apareciendo nuevas noticias de actualidad que originan un debate ético.

Una iniciativa de la Fundación Norteamericana de Riñón y Urología ha pedido que se cubran los gastos hospitalarios y funerarios de los donantes de órganos o de sus familiares. De todas las recomendaciones, la que más controversia ha suscitado es la que pide que las organizaciones para la obtención de órganos cubran los gastos del entierro a aquellas familias que donen los órganos de sus familiares. Surgen las primeras controversias éticas, ya que la ayuda a las personas que quieran donar órganos puede suponer una especie de soborno. Estas ayudas se sitúan al borde de los incentivos financieros y la compensación económica. ¿Hasta qué punto es éticamente aceptable remunerar a los familiares que aceptan la donación de personas en muerte cerebral para cubrir los gastos del funeral e incluso, en los casos de donantes extranjeros, para cubrir los gastos de repatriación del cadáver al país de origen? ¿Puede existir algún tipo de coerción a los familiares?

Como dice uno de los Principios rectores de la OMS sobre el trasplante de células, tejidos y órganos humanos: …deben ser objeto de donación a título exclusivamente gratuito, sin ningún pago monetario u otra recompensa de valor monetario. Deberá prohibirse la compra, o la oferta de compra, de células, tejidos u órganos para fines de trasplante, así como su venta por personas vivas o por los allegados de personas fallecidas. El pago por órganos tiende a aprovecharse injustamente de los grupos más pobres y vulnerables, socava la donación altruista y alienta el lucro incontrolado y la trata de seres humanos. Esos pagos transmiten la idea de que algunas personas carecen de dignidad, de que son meros objetos que los demás pueden utilizar.

En España el Real Decreto 2070/1999, prohíbe "percibir gratificación alguna por la donación de órganos humanos por el donante o por cualquier persona física o jurídica". Además, no permite exigir precio alguno al receptor, aunque señala que la realización de los procedimientos médicos relacionados con la extracción no podrá ser gravosa para el donante ni para la familia del fallecido. Por otra parte está previsto que las primeras intervenciones del llamado trasplante cruzado de riñón de vivo, empiecen a llevarse a cabo en este año en España. Este consistente en intercambiar los órganos para trasplantar entre dos parejas de donantes-receptores, cuando una pareja de donante-receptor no es compatible, a otra pareja y viceversa.

En España se acepta la donación de vivo entre personas no emparentadas, siempre y cuando se haga de manera altruista. En estos casos, el sistema se asegura por todos los medios de la motivación altruista del donante, es preciso realizar una evaluación psicosocial para asegurar que el donante no actúe bajo coacción y evitar el comercialismo. Las autoridades sanitarias nacionales deberán velar por que dicha evaluación corra a cargo de una parte independiente debidamente cualificada. Al determinar la motivación del donante y las expectativas del donante y el receptor con respecto a los resultados, esa evaluación podrá contribuir a identificar, y a evitar, donaciones forzadas.

La donación no puede inducirse, ni exigirse, ni imponerse; la donación es el mayor acto de libertad de una persona. Por ello, es necesario tener mucha precaución frente a un donante, su aceptación debe ser deliberada, es decir, solo sometida a su propio juicio libre. No es ético convencer, presionar a un donante o a su familia, crearle sentimientos de culpa para obligarlo, apelar a la manipulación a través de la emoción o el sentimiento. Nadie puede ser obligado a donar órganos, porque ese acto no es un deber sino algo facultativo.
 

Año VI / Nº 16 / Marzo 2009